TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
IX-J-SS-74
MULTAS IMPUESTAS CON FUNDAMENTO EN PORCIONES NORMATIVAS
DIVERSAS A LAS SEÑALADAS EN EL APERCIBIMIENTO CORRESPONDIENTE, VULNERAN LA
SEGURIDAD JURÍDICA DEL PARTICULAR.-Cuando la autoridad hacendaria le formula un
requerimiento a un contribuyente para que cumpla con las obligaciones fiscales,
y simultáneamente realiza un apercibimiento para que en caso de no atender
dicho requerimiento, se le impondrá la multa prevista en el artículo 82
fracción I, inciso d), del Código Fiscal de la Federación; y no obstante, al
incumplir el contribuyente con el requerimiento decretado, la autoridad si bien
le impone la multa prevista en el artículo 82 fracción I, del Código Fiscal de
la Federación, pero con fundamento en un inciso diferente al que previamente le
había especificado en el apercibimiento, ello implica que se ubique al
gobernado en un estado de inseguridad jurídica; lo anterior es así, ya que la
multa impuesta por el incumplimiento de un requerimiento debe fundamentarse y
motivarse en congruencia con el apercibimiento que le hubiere dado lugar; pues
dejar de considerarlo así, implica que el contribuyente no habría tenido
oportunidad de conocer la multa que efectivamente le sería impuesta en caso de
incumplir con el requerimiento; ya que al imponerse con un fundamento diverso,
que constituye una hipótesis distinta que no guarda vinculación con el
apercibimiento realizado, implica que las multas no puedan estimarse como una
consecuencia directa y necesaria del apercibimiento señalado, lo que origina su
ilegalidad.
Contradicción de Sentencias Núm.
229/22-12-02-9/YOTROS2/283/23-PL-07-01.- Resuelta por el Pleno Jurisdiccional
de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión
de 6 de septiembre de 2023, por unanimidad de 9 votos a favor.- Magistrado
Ponente: Julián Alfonso Olivas Ugalde.- Secretaria: Lic. Norma Hortencia Chávez
Domínguez.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/36/23)
R.T.F.J.A. Novena Época. Año III. No. 25. Enero 2024. p. 7
Tesis publicada en la Revista de este Tribunal el lunes 29
de enero de 2024 a las 12:58 horas.
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