Registro digital: 380587
Instancia: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Quinta Época
Materia(s): Común
Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Tomo
LIII, página 759
Tipo: Tesis Aislada
PRUEBA TESTIMONIAL RENDIDA ANTE JUEZ DISTINTO DEL DE LOS
AUTOS.
No puede aceptarse como una prueba documental pública, la
copia expendida por un juzgado auxiliar, en la que consten las declaraciones de
varias personas rendidas ante dicho juzgado; ya que de admitirse, se
facilitaría la transformación de la prueba testimonial en documental, con sólo
rendirla ante una autoridad distinta de la que conoce del negocio, lo que
además, traería consigo el que se privara a la contraparte del derecho de
repreguntar a los testigos.
Amparo directo en materia de trabajo 8064/36. Mexican Coal and Coke Company. 16 de julio de l937. Unanimidad de
cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.
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