Registro digital: 2028708
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Undécima Época
Materias(s): Administrativa
Tesis: XVII.1o.P.A.28 A (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 37, Mayo de 2024, Tomo V, página 5173
Tipo: Aislada
PRECEDENTES DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
ADMINISTRATIVA. DEBEN APLICARLOS EN CASOS SEMEJANTES.
Hechos: En diversos juicios contenciosos administrativos,
una Sala Regional del citado órgano jurisdiccional resolvió asuntos de
antecedentes similares con criterios distintos, sin justificar su decisión.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito
determina que las Salas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa deben
aplicar sus precedentes en casos semejantes.
Justificación: La finalidad del precedente es salvaguardar
la igualdad en la aplicación de la ley, la coherencia y la universalidad de los
criterios, la seguridad jurídica y el control de la arbitrariedad judicial. Las
personas juzgadoras deben fundamentar sus decisiones con base en un principio
general o una regla universal que han aceptado en casos anteriores, o que
estarían dispuestas a aplicar en casos semejantes en el futuro. En ejercicio de
la independencia judicial y al cumplir con el deber de motivación de las
decisiones, pueden abandonar alguna vertiente interpretativa adoptada
anteriormente, sin que ello implique necesariamente un debilitamiento en la
fundamentación del caso que se resuelve; para ello deben cumplirse las
condicionantes propuestas en el amparo en revisión 276/2009 por la Primera Sala
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esto es, motivarse racional y
razonablemente el cambio de criterio, por lo que para salvaguardar el principio
de universalidad en el razonamiento jurídico, es necesario que aporten razones
que sean de un peso y una fuerza tales que, en el caso concreto, primen no sólo
sobre los criterios que sirvieron de base a la decisión en el pasado sino,
además, sobre las consideraciones de seguridad jurídica e igualdad, pues la
regla del autoprecedente se manifiesta en una carga de la argumentación
específica que asume quien pretende modificarla.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA
DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Amparo directo 585/2022. 24 de noviembre de 2023. Unanimidad
de votos. Ponente: José Martín Hernández Simental. Secretario: Juan Carlos
Rivera Pérez.
Amparo directo 34/2023. 7 de diciembre de 2023. Unanimidad
de votos. Ponente: Irving Armando Anchondo Anchondo, secretario de tribunal
autorizado por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las
funciones de Magistrado. Secretario: Alberto Siqueiros Sidas.
Amparo directo 62/2023. 31 de enero de 2024. Unanimidad de
votos. Ponente: José Martín Hernández Simental. Secretario: Juan Carlos Rivera
Pérez.
Esta tesis se publicó el viernes 03 de mayo de 2024 a las
10:08 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
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