domingo, 20 de octubre de 2024

multa tipicidad

 Ilegalidad de multas impuestas por no emitir CFDI´s si el acta de visita domiciliaria está indebidamente circunstanciada.


Un contribuyente demandó la nulidad de una multa emitida por una autoridad fiscal estatal, derivado de la no emisión de comprobantes fiscales. La parte actora argumentó que el acta de visita era ilegal, pues en ella sólo se señalaron hechos y omisiones de la contribuyente; sin embargo, no se señalaron en forma precisa las irregularidades detectadas, a fin de que la hoy parte actora contara con los elementos necesarios para desvirtuar en el plazo de tres días tales irregularidades, ello, en términos de la fracción VI, del artículo 49 del Código Fiscal de la Federación.

¿Qué resolvió la Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa?[1]

Trajo a la luz los artículos 29, primer párrafo, fracción III, 29-A, fracciones I y III, 42, primer párrafo, fracción V, inciso a) y último y penúltimo párrafos de dicha fracción, 49, párrafo primero, fracciones IV y VI, y 83, primer párrafo, fracción VII del Código Fiscal de la Federación, así como la regla 2.7.1.21 de la resolución miscelánea fiscal para 2022, primer párrafo.

Explicó la Sala que constituíauna infracción relacionada con la obligación de llevar contabilidad el expedir los comprobantes fiscales digitales por internet, sin que se cumplan los requisitos señalados en el Código, en su Reglamento o en las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria; tales como el precisar la clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida, no señalar el lugar y fecha de expedición, y cuando se elabore un “CFDI” diario, semanal o mensual, deberán constar los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general.

Partiendo de dicha premisa, consideró que la resolución impugnada era ilegal, en tanto que los motivos por los cuales se sancionó a la actora no encontraban sustento en el acta de visita domiciliaria, pues la multa respectiva se impuso debido a que: Los “CFDI” global o genérico que amparan los ingresos obtenidos en el periodo a revisión por las operaciones con el público en general, aportados por la hoy actora el 14 de septiembre de 2022, no contienen impreso el periodo al que pertenecen ni tampoco indican correctamente el valor de los actos o actividades realizados.

Sin embargo (....)

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