Materia: GENERAL
Clave: IX-J-SS-122
Rubro: RECURSOS ADMINISTRATIVOS.- AL RESOLVERLOS NO PUEDE MEJORARSE LA FUNDAMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA.-
Al promoverse ante la autoridad un recurso en el que se combate una resolución administrativa, su actuación debe limitarse a estudiar esta en los términos en que fue emitida y los argumentos del particular en contra de la misma y, con base en ello confirmarla, si la considera correcta o revocarla, si estima que está mal fundada o inmotivada, porque en ese momento no está actuando como autoridad emisora de la resolución, sino solo como revisora, por lo que no puede aceptarse que se aproveche de los argumentos del actor para mejorar la resolución en su fundamentación y motivación, ya que esto iría en perjuicio del particular, transformando un medio de defensa establecido a su favor en una nueva oportunidad para la autoridad de corregir sus errores, lo que desvirtuaría indudablemente este medio de defensa y, contrario a la finalidad para la que fue creado, o sea, la de protección al particular en contra de las atribuciones de la autoridad.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/25/24)
PRECEDENTES:
VIII-P-SS-512 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4245/18-17-02-1/1760/19-PL-04-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión realizada a distancia el 7 de octubre de 2020, por mayoría de 8 votos a favor y 2 votos en contra.- Magistrado Ponente: Carlos Chaurand Arzate.- Secretaria: Lic. Paloma Márquez Escamilla. (Tesis aprobada en sesión a distancia de 7 de octubre de 2020) R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 50. Enero 2021. p. 178
IX-P-SS-263 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 18/1384-24-01-01-01-OL/20/42-PL-10-00[08].- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 7 de junio de 2023, por unanimidad de 9 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Estrada Sámano.- Secretaria: Lic. Rosalía Álvarez Salazar. (Tesis aprobada en sesión de 7 de junio de 2023) R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 21. Septiembre 2023. p. 199
IX-P-SS-392 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4746/23-17-14-7/1750/23-PL-03-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 12 de junio de 2024, por unanimidad de 9 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures Uribe.- Secretaria: Lic. Ana María Reyna Ángel. (Tesis aprobada en sesión de 12 de junio de 2024) R.T.F.J.A. Novena Época. Año III. No. 32. Agosto 2024. p. 266
Así lo acordó el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por unanimidad de votos, en sesión ordinaria celebrada el veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro, ordenándose su publicación en la Revista de este Órgano Jurisdiccional.- Firman el Magistrado Guillermo Valls Esponda, Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y la Licenciada Abigail Calderón Rojas, Secretaria General de Acuerdos, quien da fe. R.T.F.J.A. Novena Época. Año III. No. 35. Noviembre 2024. p. 9
No hay comentarios:
Publicar un comentario